Así lo estableció el Consejo
Superior del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires en la Resolución
778.
La resolución señala que en 2010
el Consejo Superior suscribió con el Ministerio de Salud de la Provincia de
Buenos Aires un Convenio Marco y un Protocolo Específico I, con el objeto de
establecer acciones mancomunadas que fortalezcan la Capacitación de los
profesionales médicos.
Además, considera que “corresponde
establecer que los programas de formación en las respectivas especialidades
deben adecuarse a los que determine el Ministerio a través de la Dirección de Capacitación
de Profesionales de la Salud”.
Por ello, establece que “a partir
del corriente año, las residencias médicas en las distintas especialidades,
para ser acreditadas por el Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires,
deberán tener una duración de cuatro (4) años”.